Percepciones al IGV por venta de bienes y combustible «deberá» constar en el comprobante de pago

Resolución de Superintendencia Nº 000126-2021/SUNAT

El agente de percepción designado por SUNAT por «comercialización de combustible» y «venta de bienes» deberá consignar la percepción en el comprobante de pago electrónico como información no necesariamente impresa.