La Ley N° 31106, publicada el 31/12/2020 dispuso
La Ley N° 31107 dispone que a partir del 01/01/2021 respecto de la depreciación especial aplicable a activos fijos adquiridos o construidos a partir del 2020 y/2021.
La Ley N° 31108, publicada el 31/12/2020 modificó el artículo 65° de la Ley del Impuesto a la Renta referido a la obligación de los perceptores de renta de tercera categoría.
El Decreto Supremo N° 417-2020-EF, publicado el 30/12/2020, modificó: (i) La aplicación de las cuotas pagadas por el ITAN como crédito contra los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta.
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