La declaración rectificatoria que determina menor tributo no determina el inicio del plazo prescriptorio del pago indebido y/o en exceso

Jurisprudencia Destacada RTF N° 01381-10-2022

La presentación de la declaración rectificatoria que determina una menor obligación tributaria no determina el inicio del cómputo del plazo prescriptorio de los pagos indebidos sino que el plazo prescriptorio se inicia el 1 de enero del ejercicio siguiente en que se efectuaron los mismos.