Coexistencia del credito generado por saldo a favor del Impuesto a la Renta y su aplicación contra otras deudas tributarias.

Resolución del Tribunal Fiscal N° 000086-9-2021

El saldo a favor del Impuesto a la Renta cuya compensación se solicita genera intereses compensatorios aplicables hasta la fecha del vencimiento de la deuda tributaria cuya compensación se solicita.