ยฟ๐๐ฎรฉ ๐๐๐ฎ๐๐๐ฌ ๐ญ๐ซ๐ข๐๐ฎ๐ญ๐๐ซ๐ข๐๐ฌ ๐ฉ๐จ๐๐ซรญ๐๐ง ๐๐ฌ๐ญ๐๐ซ ๐ฉ๐ซ๐๐ฌ๐๐ซ๐ข๐ญ๐๐ฌ ๐๐ฎ๐ง๐๐ญ?
Al 20 de junio de 2022, de no haberse producido interrupciones del plazo prescriptorio y aun considerando la suspensiรณn del cรณmputo del plazo prescriptorio durante el estado de emergencia con cuarenta, se encontrarรญa prescrito las siguientes deudas tributaria:
Impuesto General a las Ventas y pagos a cuenta del IR de los perรญodos 01-2017 a 11-2017
Infracciones incurridas durante el ejercicio 2017 en los perรญodos 01-2017 a 11-2017
Impuesto a la Renta Personas naturales y Rentas de tercera del ejercicio 2016.

